El presidente de la República emitió el Decreto núm. 167-23, de fecha 25 de abril en el cual estableció los criterios para la transformación de la Oficina Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA) en una empresa pública, como lo establece el artículo 356 de la Ley núm. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana. Asimismo, la institución de trasporte cambiaría su nombre a Operadora Metropolitana de Servicios de Autobuses (OMSA).
El documento puesto en circulación por el mandatario dispone la constitución de la empresa de transporte en conformidad con la Ley núm. 479-08 General de Sociedades Comerciales y Empresas Individuales, obteniendo así personería jurídica, patrimonio propio y capacidad para contraer obligaciones comerciales y contractuales, según su propio mecanismo de dirección y control.
Las informaciones sostienen que esta entidad de movilidad quedará adscrita al Ministerio de la Presidencia, sus accionistas serán el Estado dominicano, representado por el ministro de Hacienda, con el 99.9 % del capital social, y el Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (FONPER), o su continuador jurídico, con el 0.1 % del capital social.
Asimimismo el decreto establece que esta organización contará con un Consejo de Administración, compuesto por cinco miembros, de los cuales tendrán voz y voto los ministros de la Presidencia y de Hacienda, junto con el de Obras Públicas y Comunicaciones.